El caso que voy a ilustrar bajo el marco de luchas de resistencia a un nivel transnacional es el de la empresa Repsol. Hago la descripción del caso Boliviano para poder entender otros contextos que no sean necesariamente el colombiano, así mismo optando por la propuesta de la legalidad cosmopolita, entendiéndolo como un estudio globalizado de las experiencias de injusticia.
La situación es la siguiente: las transnacionales petroleras han hecho varios acuerdos con el gobierno Boliviano los cuales consisten en por ejemplo: el derecho de la apropiación de explotación y apropiación del lugar, ello quiere decir que las empresas pueden quedarse con todas las ganancias de la actividad petrolera, pero el Estado por su parte solamente tiene títulos de propiedad sobre dichas tierras y ninguna otra incidencia, en términos del derecho, El Estado Boliviano no ostenta el derecho de valoración, el cual consiste en la propiedad de las utilidades de las transnacionales, por otra parte con la llegada de Evo Morales a la presidencia y la nacionalización de las mismas fue posible dejar para el país utilidades del 50%. La exigencia de los movimientos sociales, a lo largo de América Latina, tambien son de tipo ambientales y de derechos colectivos e individuales para las comunidades indígenas, asi mismo exigen la creación de leyes para el caso Boliviano, más exigentes y precisas.
Tal cometido está siendo gestado, por algunos intelectuales, que en red desean incidir en una políticas más autónomas, dando como resultado la eventual salida de las transnacionales, para nacionalizar aquellas empresas: “Y si queremos explotar el petróleo, pues lo haremos, pero tendremos que decirlo nosotros y la gente que vive cerca de esos recursos, ¿no?”(Tomado del simposio: monopolios petroleros en América Latina).
Derecho, Globalización, legalidad cosmopolita.
La información anteriormente suministrada, surge de la lectura de un simposio que fue realizado en Cochabamba-Bolivia, que tenía como fin analizar los impactos de algunas transnacionales de hidrocarburos en América Latina como por ejemplo: Repsol. Este encuentro dio cabida para que varios intelectuales discutieran diversas ponencias, desde temas socio-culturales hasta las transformaciones en términos jurídicos que son posibles realizar. Enuncio ello para dar cuenta de cómo la globalización en términos intelectuales sirve como contexto y medio para encuentros de este tipo, así mismo de una manera subalterna y contrahegemónica, en la perspectiva de Sousa, donde es posible una globalización del conocimiento, pero desde “abajo”.
Por otra parte y de una manera relacionada, encuentro la manera de tratar el derecho como una herramienta útil para documentar y tener argumentos necesarios desde el ámbito legislativo, para desmontar y/o proponer nuevos cambios en la forma en que son hechos los tratados con las diversas transnacionales, como por ejemplo, hay una ley que se estipula que aquellos terrenos marginales del país(poco rentables), si son explotados por transnacionales de hidrocarburos y encuentran alguna fuente de energía (gas, petróleo) es su deber informarle a las autoridades competentes, para encaminar las distintas ganancias, pero por su condición de “terrenos marginales” a las transnacionales les corresponde alrededor del 75% de las ganancias, ello cuando notifican al Estado, pero cuando no lo hacen se apoderan del 100%. (Ley No. 3058).
Propongo entonces la posibilidad de analizar estos encuentros internacionales de carácter contrahegemónico como una reafirmación al sistema de globalización. El cual se encuentra ligado a múltiples factores que posibilitan su difusión a nivel mundial, con ello me refiero al internet, televisión, medios escritos etc, es decir, sin la existencia de estos medios ¿sería posible lograr reivindicaciones de tipo laborales, que superen el ámbito local?¿es posible conocer otras experiencias de una manera virtual, ósea medios como el internet?, planteo estos interrogantes para cuestionar la idea sobre la globalización como un fenómeno que debe detenerse, pero paradójicamente es la causante de movimientos contrahegemónicos, los cuales están en red y logran manejar un mismo discurso del derecho.
Juan Sebastian Granados Ramirez
miércoles, 1 de abril de 2009
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Partiendo de la pregunta de Sebastián es fundamental entender el papel que ciertos medios de comunicación han tenido tanto en la reafirmación del control hegemónico como también en las luchas contra hegemónicas. En lo que se refiere a las luchas contra hegemónicas los medios son fundamentales para la creación de comunidades virtuales que facilitan el intercambio de experiencias e información desde un lado al otro del globo. El propio movimiento antiglobalización es la experiencia misma de cómo la globalización puede ser la salida a los atropellos que la globalización comete. Es en este punto donde los medios de comunicación se convierten en herramientas de emancipación mediante la cual se puede luchar contra los poderes hegemónicos logrando comunicar a los actores sus derechos y empoderándolos a través de ubicarlos en una red de grupos que compartan esas experiencias . Los medios podríamos decir que pueden llegar a cumplir esa labor de luchar contra, retomando a Bourdieu, la mal repartida noción de justicia que se encuentra en la sociedad.
ResponderEliminarMateo Echeverry
Frente a las 2 pregunta de Sebastian ¿sería posible lograr reivindicaciones de tipo laborales, que superen el ámbito local? y ¿es posible conocer otras experiencias de una manera virtual, ósea medios como el internet? es importante comprender en este caso como dice Mateo el papel tan preponderante que tienen los medios de comunicación con lo movimientos trasnacionales. Es decir, esta globalización desde abajo, y la posición descrita en las lecturas de la lucha por los derechos laborales frente a las empresas trasnacionales puede encontrar un lugar de manifestacion en los medios de comunicación masivos, que si bien tienen una parte hegemonizadora este también es un medio para "esparcir" la contrahegemonía. Respondiendo la pregunta y manifestando mi posicion frente a esta si es posible lograr reinvindicaciones por fuera del ambito local por medio de experiencias en lso medios de comunicación masiva como el internet. Esto se puede ejemplificar con otro caso como lo es la union de sindicatos que por via de internet estan haciedno los trabajadores de Mc donalds de diversos paises del mundo quienes ya comenzaron por incentivar que el 16 de octubre de cada año se gener un pronunciameinto mundial contra esta empresa. En conclusion y muy de acuerdo con las lecturas, si una empresa trasnacional va a crecer por medio de la explotación del individuo la lucha contra esto tambien sera de manera trasnacional..
ResponderEliminarMaría Cristina Hernández Hurtado
Natscheilly.
ResponderEliminarLos dos textos asignados pueden considerarse a muy grandes rasgos como un llamado a pensar la potencia que encierra el contexto actual de globalización como vía que permite el desarrollo de luchas políticas contrahegemónicas, que para hacerse efectivas se inscriben en un campo netamente jurídico –creación de normatividades laborales internacionales de obligatorio cumplimiento- como en espacios que involucran protestas por parte de la sociedad civil. Uno de los canales que permite esta lucha –como bien lo expresa Sebastián- son los medios masivos de comunicación de alcance mundial, ya que estos dan la posibilidad de la creación de redes que a su vez hacen efectiva la comunicación entre sectores poblacionales que si bien están separados geográficamente comparten unas condiciones laborales particulares.
Como punto de reflexión y en asombro respecto de algunas de las lecturas realizadas en el transcurso del semestre, esta vez el derecho se nos presenta como una herramienta emancipatoria, lo que quiero precisar es que si bien es posible hacerla efectiva –desde las consideraciones de ambas lecturas-, esta aplicación debe pensarse desde la complejidad que implica su aplicación en el ámbito local; es decir que si decimos que es posible adoptar legislaciones laborales dignas de carácter global esto conlleva una superación de las difíciles condiciones en donde estos cambios quieren ser aplicados, lo digo pensando en el contexto colombiano. A pesar de mi desconocimiento del derecho laboral en Colombia no veo cómo hacer efectivo el llamado de ambas lecturas, porque me parece que las condiciones particulares de este país hacen más difícil la aplicación de normatividades laborales justas, precisamente por lo que leíamos: los que inventan esas normatividades y las hacen operables son unas minorías que tienen poder para dar continuidad a esas normas.
Astrid
ResponderEliminarEs cuestionable el planteamiento sugerido por Juan Sebastián alrededor de “analizar estos encuentros internacionales de carácter contrahegemónico como una reafirmación al sistema de globalización”, dado que como planteare, la globalización es más un escenario de los posibles en el contexto del sistema mundo, que se caracteriza entre otras muchas cosas por las luchas o encuentros contrahegemónicos, de tal modo que estos no son atributos sino circunstancias.
La intersección derecho, globalización y legalidad cosmopolita, es una intersección que va mas allá de medio, en otras palabras es constitutiva y performadora. Los agentes de acuerdo a lo que plantea Rodríguez Garavito no son soluciones en esencia, ni siquiera existe para ellos una línea de acción determinada, por el contrario a partir de un dialogo soportado y mediado por la lucha contrahegemónica se moldean y ejecutan diferentes formas de acción política, como el modelo de la “organización triangular” que menciona Garavito para el caso Nike.
Al estar insertados en el sistema mundo, la idea de globalización se presenta como el escenario de lucha, y la legalidad cosmopolita como la herramienta política y jurídica para reivindicar derechos en diferentes niveles aprovechando las oportunidades “ofrecidas por un entorno jurídico cada vez más plural” (Rodríguez, 21).
A la primera pregunta que formula Sebastián a final de su texto yo me atrevería a dar una respuesta positiva. De hecho, la exposición de Daniel señala cómo las luchas sindicalistas nacionales (que desde el punto de vista de la globalización podrían asumirse como locales o 'periféricas') están siendo apoyadas y sostenidas por organismos de carácter internacional que también están localizados geopolíticamente, como el caso de Suiza. Como se trata de analizar casos sobre reivindicación de derechos individuales en un ámbito global, si estamos de acuerdo con que la globalización más que un proyecto localizado es la condición actual desde la que experimentamos el mundo, me gustaría detallar una intensión que veo en la lectura de Sebastián pero que poco encuentro desarrollada, y que considero fundamental para que nosotros, en condición de antropólogos, podamos contribuir al debate sobre la transnacionalización del derecho con relación al cambio social. Esta sería la necesidad de pensar y de proponer una manera adecuada de estudiar esta condición de los sistemas jurídicos "glocalizados" (entendido como el entrelazamiento de elementos locales con dinámicas mundiales) a partir de la etnografía. ¿Cómo hacer una etnografía de lo transnacional?¿de lo global? ¿de lo local, sin limitar nuestro conocimiento al espíritu, al lenguaje, a la experiencia netamente situada? Considero que frente al debate de si la globalización debe o no detenerse es obsoleto lo que podamos decir, creo incluso que deberíamos esforzarnos por reformular lo que está de fondo en esta propuesta para no caer en esencialismos y en determinismos de carácter estático. Como lo dije desde el comienzo, vale la pena pensar que la globalización es una condición actual, que atraviesa nuestra experiencia y nos compromete a actuar con relación a ella misma. Lo que no implica que sea una única condición y que por ello no podamos hacerle frente a las injusticias humanas, es importante destacar que la globalización no implica la supresión de otras maneras de vivir en el mundo, antes que nada, es la condición que permite enterarnos de la multiplicidad de experiencias que circulan, se articulan, chocan, y se complementan en una red de poderes ahora pensada a un nivel que a su vez está compuesto de múltiples niveles. Para entender entonces los fenómenos que implican pensar la injusticia o el derecho a partir de una condición 'transnacional', 'humana' o 'deslocalizada' necesitamos integrar de manera 'multidimensional' la información que consideramos útil para reconstruir la particularidad de nuestros casos. Lo 'multidimensional' (o lo 'multisituado' retomando a Marcus, 1995) resulta de la necesidad de estudiar no solamente la experiencia local, como si ella misma pudiera considerarse como autónoma de la condición a la que apunto. Es en este nivel donde resulta necesario indagar y plantear métodos 'novedosos' y 'rigurosos' de investigación que nos permitan abarcar la reconstrucción de un caso localizado pero que no puede sustraerse a la misma condición de la que de alguna manera estamos 'sometidos'. Como lo menciona Mateo, los medios masivos (escritos, impresos, electrónicos o virtuales) son en sí mismos la propia experiencia de la globalización y la herramienta y el vehículo a la experiencia de emancipación contra los poderes hegemónicos. Desde este punto, la globalización no es sóo e causante de movimientos contrahegemónicos 'globales', es su condicción 'sine cua non'. No podemos detenernos en la determinación de si la globalización es o no perjudicial. Menos cuando experimentamos cómo las luchas 'desde abajo' cada vez se costituyen y se retroalimentan con movimientos y organismos que difícilmente podemos identificar como ubicados en un punto particular. Tal vez, lo que debemos hacer es dar cuenta de la complejidad de esta condición, que no es nueva ni única pero que tiene la facultad de integrar realidades múltiples en una manera de pensar, de concebir, de entender la condición humana.
ResponderEliminarCatalina García.
Sin lugar a dudas el papel de los medios de comunicación, señalado por Sebastián, es muy importante ya que es dentro de este contexto globalizante por donde se desarrollan diversas formas para poder apelar al cumplimiento de los derechos (para el caso que nos ocupa) laborales ya no solo en un nivel local, si no trasnacional. Aunque es muy pertinente abordar el papel de los medios de comunicación, creo que tenemos la necesidad de examinar dos puntos a profundidad, a los cuales nos refiere Cesar Rodríguez, los cuales aun no hemos examinado.
ResponderEliminarMe refiero en un primer momento, al “al pluralismo legal” al que se ha recurrido para reivindicar el papel de los trabajadores en empresas transnacionales, que no solamente conviven en un mismo espacio (como lo dice Sally Engle Merry) si no que buscan la manera de entrar en un dialogo que permita la mejora de las condiciones existentes dentro de la industria y el mercado, así como la generación de nuevos espacios legales en los cuales se contemplen nuevas oportunidades tanto de participación como de acción por parte de los trabajadores.
En este sentido, resultaría también interesante que se examine como este dialogo entre derechos – derecho duro y derecho blando como no lo refiere Rodríguez- se ha desarrollado en un nivel global, es decir, que creo pertinente que se realice un análisis de los actores, de quienes, de l como y del porque encargan de movilizar este tipo de luchas ya no solo en un nivel nacional/local, sino que es necesario entender que es lo que motiva para que se trascienden fronteras por la lucha de los derechos fundamentales (los derechos laborales)
Aunque el ejemplo expuesto por Daniel no coincide directamente con sus planteamientos del final, al considerar la pregunta sobre la resistencia por parte de los indígenas pienso que un cuestionamiento más propicio basado en los textos se relacionaría con el supuesto de que las luchas contra hegemónicas deben potenciar la inclusión social y la voz de las victimas de la globalización. Esto, porque estas iniciativas al ser canalizadas e intermediadas por mecanismos globales y continentales (por tanto vinculados de algún modo con el dominio empresarial occidental) no estarían potenciando la voz de la victimas directamente sino reconociendo y maximizando la labor de empresas u organizaciones del Norte por medio de una labor de representación, o vocería. Sería más prudente que las iniciativas de formas jurídicas alternativas en verdad fueran una forma de creatividad institucional y no de reproducción de las formas de funcionamiento hegemónicas y a su vez que no que estuvieran atravesadas por intervenciones de “abogados de victimas” sino por la labor de las comunidades directamente.
ResponderEliminarSi este tipo de iniciativas buscan profundizar acción y pensamiento político, los casos expuestos se limitan al trabajo local y al dialogo transnacional, pero no están enfatizando en la necesidad de hacer notar su pensamiento y su forma de concebir el mundo en las propuestas de transformación del derecho. Esto, porque las instituciones y doctrinas de los DDHH y por tanto derechos laborales, están elaboradas con base en una inclinación occidental que traspasa fronteras culturales y concepciones no occidentales de la realidad social, limitando el derecho a cierta forma de entender el mundo y dejando de lado el pensamiento de las comunidades no occidentales. Cabría preguntarnos si ¿el objetivo de estas iniciativas debe ser luchar por la inclusión de las víctimas de la globalización a la política hegemónica o por la construcción de un nuevo orden jurídico-normativo?.
Respecto al planteamiento de Sebastián sobre los medios de comunicación evidentemente éstos son un resultado de la globalización que a su vez propicia el furor del pluralismo jurídico, sin embargo considero que el problema no radica en si las propuestas contra hegemónicas hacen uso o no de ellos ya que esto es una labor práctica y -aunque es importante- considero que lo primero debe ser el pensamiento: que estas iniciativas definan lo que están proponiendo con base en lo que entienden por derecho y globalización, independientemente de que medios usen para dar a conocer su labor.
LIZETH RIAÑO
Katherine Ramírez Poveda
ResponderEliminarA la luz de los conceptos planteados en los textos, y a partir de los casos expuestos por los compañeros, podemos reflexionar sobre varios elementos:
En primer lugar es posible pensar en la relación entre las políticas estatales y el mercado, en su articulación con el papel del derecho. En este punto hay que tener en cuenta que aunque en los textos se hace evidente que el derecho tiene las herramientas para lograr acciones contra-hegemónicas apelando a planteamientos que se presentan como “globales”, como la democracia y los derechos humanos, esto no se puede realizar en todos los casos, de ahí la importancia de lograr una articulación entre dichos discursos y las dinámicas locales.
Sin embargo, podemos señalar la manera en que estas herramientas que brinda el derecho, junto con la acción conjunta que presentan en el caso que expone Cesar Rodríguez entre consumidores y trabajadores, sí pueden tener un gran impacto en la vida social y pueden generar que se hagan realidad las ideologías estipuladas de democratización que son incongruentes con la concepción y la forma del mercado capitalista.
Con lo anterior, valdría la pena preguntarse hasta qué punto son posibles esas restituciones de los derechos cuando el estado y las empresas ejercen violencia y coerción a manera de amenazas y de violencia física, como ha pasado con el caso de coca-cola y los que los autores presentan.
Si bien los medios de comunicación han sido una herramienta eficiente para la difusión de la globalización y de la reivindicación de los derechos laborales, considero que el desarrollo de esta propuesta no aborda la totalidad de los procesos desarrollados por los movimientos contra hegemónicos por la reivindicación de los derechos laborales, ya que considero que se limita a contextualizar y analizar el medio por el cual fue posible la difusión de las luchas sindicales, mas no, muestra la manera en la que este proceso se ha desarrollado ni sus motivaciones o actores implicados.
ResponderEliminarEn este sentido, es importante retomar a cesar Rodríguez cuando entra a considerar estos aspectos en dos medidas especificas: por un lado, el movimiento anti maquila como una “promesa de un internacionalismo del movimientos obrero para el siglo XXI” (Rodríguez 2005:61) en el sentido, que los movimientos contra hegemónicos hacen uso tanto del derecho publico como privado (derecho blando y duro), para generar espacios jurídicos en los que se pueda llegar a un acuerdo en el que ambas parte se vean beneficiadas. Por otro lado, y retomando el otro aporte presentado por Daniel Garzón, la forma en como estas luchas se han transnacionalizado generando las bases para la creación de un movimiento global que contribuya “a la construcción de una estructura jurídica cosmopolita que proteja efectivamente los derechos laborales en todo el mundo” (Rodríguez 2005: 82).