Linda Chavarro Perdomo
El análisis del cuento, Ante la Ley, de Kafka a la luz de los planteamientos expuestos por Bourdieu (espacio judicial, lenguaje jurídico y poder simbólico) permite reconocer cómo los mecanismos desarrollados en el ejercicio del derecho (universalidad, neutralidad, normalización y formalización) influyen en la percepción de legitimidad y confianza que las personas generan frente al mismo, suceso que logra ser reflejado en el texto de Kafka por parte del campesino que aunque no haya sido recibido desde el principio continua en su espera durante algunos años mas. En este punto el entendimiento del espacio judicial nos engloba el conjunto de dinámicas y relaciones de poder que se generan dentro de él, pues este es entendido y representado como un lugar neutral donde el conflicto se transforma en diálogo a partir de la existencia de unos mediadores. De la misma manera este espacio esta conformado por un lenguaje jurídico (lenguaje especializado) que tiene efectos en la realidad, en los sujetos, los cuales son denominados de neutralización y universalización. Dicha composición del espacio judicial genera una eficacia simbólica en los sujetos, permitiendo su acercamiento tantas veces sea necesario reafirmando cada vez más la legitimidad de las instituciones judiciales en la sociedad.
Ahora bien, en el cuento el guardián puede ser considerado como una proyección de la ley, en tanto que encarna el poder simbólico atribuido a esta, evocando unas formas de autoridad, neutralidad y veracidad por el hecho de encontrarse en el espacio judicial, o dicho en palabras de Boudieu el guardia hace parte de una cadena de legitimidad (Boudieu 2000) que le permite ejercer el poder de decisión, en este caso, frente al ingreso o no del campesino, quien en la lógica del espacio judicial, lógica de neutralidad y autoridad accede a la orden de espera impartida por el guardián aunque esta no este elaborada bajo un lenguaje especializado. Por otra parte, se evidencia como el guardián es visto por el campesino como los grandes señores (abogados, magistrados, jueces, entre otros), en tanto que le son símiles por la forma en que proceden a la realización de preguntas indiferentes donde no se presta poca atención al sujeto en relación a su contexto particular “con frecuencia el guardián conversa brevemente con él, le hace preguntas sobre su país y sobre muchas otras cosas; pero son preguntas indiferentes, como las de los grandes señores” (Kafka). Lo que nos evidencia como el lenguaje jurídico está elaborado de forma tal que se aleja de los sujetos y sus situaciones particulares conduciéndolas o la generalización o simplemente a la invisibilidad.
Otro aspecto interesante en el cuento, hace referencia a la simbología corporal del guardia (y los otros que se mencionan cada vez más fuertes) que permite entenderlo como un obstáculo, como la fuerza y poder con la cual es entendida la Ley “con su abrigo de pieles, su nariz grande y aguileña, su barba negra de tártaro, rala y negra” (Kafka). No por tanto el campesino lo percibe como una dificultad en el desarrollo de su objetivo y decide seguir en su continua espera. Aquí, se observa de nuevo el poder simbólico depositado en el guardián, quien finalmente para Kafka constituye una construcción metafórica que le permite movilizar en un juego de palabras y personas las representaciones fundadas en la sociedad respecto a la ley.
De esta manera vemos en el cuento una clara relación de sujeto y ley que evidencia la fuerza sobre la cual está constituido el derecho que genera relaciones inevitables de poder evidenciando dinámicas de dominación y exclusión en la cotidianidad (además bajo múltiples formas de violencia simbólica) las cuales pasan a ser apropiadas de manera casi natural en las personas evitando que estas se constituyan en actores sociales con capacidad de acción frente al ejercicio del derecho hegemónico. Pero ¿Cómo lograr entonces, establecer una relación sujeto-ley que permita a los ciudadanos ser agentes en el desarrollo del ejercicio del derecho? Es decir, ¿se puede llegar a subvertir el orden del derecho o de ley que nos expone Kafka para lograr un cambio social sin necesidad de conformar un derecho contra hegemónico?
jueves, 12 de marzo de 2009
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Frente a la primera pregunta de Linda, ¿Cómo lograr entonces, establecer una relación sujeto-ley que permita a los ciudadanos ser agentes en el desarrollo del ejercicio del derecho? Pienso que es importante tener en cuenta no solamente el poder simbólico al que hace referencia Bourdieu para entender las diferentes percepciones que tiene la sociedad sobre el sistema judicial, sino también entender cómo se narra y se hace entender el ejercicio del derecho.
ResponderEliminarLos aportes de Jerome Bruner son fundamentales para dar cuenta de un refuerzo de lo que se entiende como la realidad a partir de una configuración y transformación de las narraciones, en este caso de cómo la “dialéctica narrativa” como lo explica el autor, es la que hace posible la espera del campesino frente al guardián, la espera de lo “plausiblemente posible”. Pienso entonces que la relación sujeto-ley que permite a los ciudadanos ser agentes en el desarrollo del ejercicio del derecho es exactamente la forma de narrar por parte de las relaciones de poder un derecho que tiene la capacidad de volver subjetiva la realidad formando un espacio en que la sociedad pueda tener una ilusión al igual que el campesino al esperar que algún día pudiera conocer esa Ley.
Al entender entonces que el derecho no puede ser eficaz cuando es visto en desacuerdo con la cultura local (Bruner, 2002; 75), se puede pensar en un cambio de las fantasías que conllevan estas narraciones judiciales para cambiar esa relación sujeto –ley, entendiendo esto como un cambio en la percepción que se tenga de cada cultura sobre el derecho y el poder, y que no hagan parte de una ilusión desde el poder simbólico sino que se puedan establecer diferentes ejercicios de derecho en la que no sea el campesino el único en esperar ver la Ley sino que sea parte de una realidad para toda una sociedad.
Por: Daniel Garzón
Natscheilly Torres
ResponderEliminarLas apreciaciones propuestas por Linda -respecto de los textos de Bourdieu y Kakfa-, hacen referencia –de manera superficial -a un punto que me parece central, en cuanto al análisis del derecho se refiere, a los mecanismos de su funcionamiento; me refiero a la posible lectura que podemos hacer de la relación entre las personas y el derecho, que considero podríamos decir se legitima en principio por la creencia en el ejercicio del derecho: en su funcionamiento en el campo práctico.
Como bien lo hemos anotado en discusiones anteriores este aparece cuando se dan conflictos que deben ser resueltos, en este sentido nos dice Bourdieu que es en el campo jurídico donde “se desarrolla una lucha por el monopolio del derecho a decir el derecho por establecer la buena distribución o el buen orden”. La pregunta es por qué acudimos a un tercero para mediar nuestros conflictos, lo digo pensando en el caso colombiano, donde la deslegitimación de ese campo jurídico es evidente. Sería más adecuado preguntarnos: por qué creemos en la legitimación de lo que este tercero –el pronunciamiento de la ley- promulga. Mi respuesta es que precisamente no hay una creencia en ella, porque esta implica una certeza en la misma, esta no es cuestionada. Y vemos que de hecho la interpretación que de la ley se hace como de la ley misma, es puesta en tela de juicio tanto por su aplicación como por su constitución misma. Por tanto me adhiero a Bourdieu, cuando nos dice que el “derecho es un reflejo directo de las relaciones de fuerza existentes... es un instrumento de dominación” y que gracias a las relaciones de poder dentro de las cuales se inscribe es que logra si eficacia.
Nota: no creamos que como instrumento de dominación el derecho es para los dominadores, porque esta categoría identitaria es móvil. Como instrumento precisamente se presta para ser utilizado “según la ocasión”.
Frente a la posición de Natscheilly, pienso que la tensión que encarna la comprensión del código jurídico (mecanismos de su funcionamiento) tiene que ser leída en otro espacio, es decir, en el espacio de la exegesis(ciencias juridicas), la producción (poder Legislativo y las realidades ) y reproducción (practica) del derecho . Entonces, la cuestión no radica en si se cree en el campo jurídico, en la deslegitimacion de los operarios (se refiere a los abogados)? , mas allá es necesario revisar que efectos genera el cambio cultural en el modelo positivista juridico , con qué herramientas conceptuales los expertos están cooptando la realidad y estableciendo relaciones de dominación, o por el contrario, condiciones y relaciones de inclusión.
ResponderEliminaruna división analítica entre las ciencias jurídicas y el derecho como tal. Así, las ciencias jurídicas enseñan el derecho positivista, con responsabilidades sociales o no, y el derecho correspondería a la practica.
Patricia.
ResponderEliminarEl cuento ante la ley y el aporte de Linda nos permite reflexionar, al igual que lo han hecho los demás compañeros, sobre las relaciones de poder existentes entre individuos, evidentes en el derecho (retomando un poco a bourdieu), las cuales atraviesan todos los espacios de la vida cotidiana y están intervenidos por un lenguaje especifico , y el poder simbólico, que como lo indica linda esta expresado en la figura del guardia pero en términos prácticos puede estar relacionado con los imaginarios que existen alrededor de la figura del estado y el poder que este ejerce sobre los individuos. Me parece interesante la analogía que puede desarrollarse, entre la figura de la ley y el cuento propuesto para este ejercicio, en tanto se presentan elementos importantes para comprender las relaciones que se desarrollan entre el poder legal, el derecho y los individuos así como la forma en que se construyen las relaciones y los imaginarios en las cuales dicho poder legal ejerce cierto poder tanto simbólico como coercitivo en el sentido que se impone a los individuos (este o no de acuerdo).
ResponderEliminarQuiero hacer referencia a lo que Pierre Bourdieu en su libro razones prácticas dice con relación a la forma en cómo el individuo interioriza unas prácticas dadas por el sistema social en el que existe: ¨En el mundo social ciertas estructuras objetivas independientes de la conciencia y de la voluntad de los agentes orientan y restringen el margen de sus prácticas y representaciones¨ y es, ciertamente, esto lo que sucede tanto en el cuento de Kafka, como en la forma en la que nos relacionamos con el derecho representado en la ley. En este sentido, no podemos dejar de lado la idea de que la sociedad en su conjunto ha creído y seguirá creyendo en un poder institucional que aunque se quiera o no es la única representación que se tiene frente a las acciones que se den frente al derecho y a las relaciones que se establezcan dentro de estas.
ResponderEliminarNo podemos omitir que la fuerza de la ley y sus representantes han sido proveídos de un carácter de autoridad, neutralidad y veracidad que legitima aun mas su forma de ejercer control sobre los individuos. La imagen que social y culturalmente hemos creado de lo que es de hecho la ley y el derecho no han hecho que creamos y que justifiquemos algunas de las practicas que estos llevan a cabo. Y coincidiendo con lo dicho por Natscheilly, no es que realmente creamos en que este funcione si no que tenemos la necesidad de que alguien o algo establezca cierto tipo de orden que acabe con el conflicto, cualquiera que este sea.
Y de la misma manera creo que las preguntas formuladas por linda, son pertinentes para el tema que se desarrolla, ya que nos es necesario encontrar una salida que no simplemente acabe con el problema hegemónico si no que permita que este en realidad funcione.
Barbara Hassig
Quisiera llamar la intención sobre el primer punto presentado por Linda. Me parece importante entender los modos en los que se configura el campo jurídico, retomando el concepto de campo de Bourdieu, en el que encontramos fuerzas específicas y tenciones que orientan la lucha interna de este, además de sus lógicas que limitan y restringen al campo a unos límites específicos. Dentro de estas lógicas internas es importante recalcar las luchas de legitimidad y poder que se desarrollan en busca de un monopolio del capital simbólico de los mismos sujetos internos. Para que estas luchas puedan darse o sean aceptadas dentro del mismo campo, los sujetos tienen que entrar en disputa con cierto nivel de capital simbólico, en tanto es este el que cada vez refuerza y fomenta una legitimidad de saber y acción dentro de las relaciones internas.
ResponderEliminarEs, de esta manera donde el lenguaje y el uso experto de este, se convierte un importante capital simbólico con el cual jugar dentro de las lógicas de lucha. Y es precisamente esta característica la que puede llegar a ser más discriminatoria y excluyente para los sujetos, en tanto no es posible acceder a él de una forma práctica y cotidiana, es decir desde una mera experiencia del sujeto que no está vinculado al campo experto.
Mi análisis apunta a entender que este campo no solo actúa de esta manera, si no que aún es más excluyente y exclusivo que los demás, dentro de sus relaciones de dominación, en tanto que es importante considerarlo como un campo que nos atañe a todos los sujetos, entendiéndolo como una herramienta para la resolución de problemas de la vida en sociedad. Ahora bien, este campo que nos atañe a todos se encuentra monopolizado hoy día, por ciertos sujetos e instituciones especificas, sin embargo lo importante es pensar cuales son las fronteras que delimitan a uno de otro, es decir, al campo jurídico en sí y la sociedad- sujeto, que hacen de uno el dominador del otro y no permiten que su función sea eficaz, democrático y real.
valentina
Más que identificar en las metáforas de Kafka las propuestas conceptuales de Bourdieu, quisiera rescatar de la parábola "Ante la Ley" un elemento que considero que no ha resultado tan significante dentro de los análisis desarrollados en los comentarios, y que sirve no sólo para identificar la naturaleza de las relaciones de poder ante el derecho como formalización de una relación de poder jerárquica y de cierta manera "estable", distribuida a partir del nivel de especialización de los actores dentro del campo específico (el jurídico) y del reconocimiento de su posición dentro del campo de poder más amplio, sino que además permite ver el carácter ambivalente, paradójico y dinámico de las relaciones de poder que se establecen en el campo social, así estén atravesadas por el derecho. De entrada podríamos decir que el cuento expone con claridad los distintos elementos que especifican el orden jerárquico, y por lo tanto las posiciones que cada sujeto tiene dentro de la situación particular que se desarrolla ante la ley. El guardián está por dentro de ella y el campesino, un simple profano y desconocedor de la misma, intenta en vano entrar en ella. Sin embargo, lo que me interesa destacar no es esta aparente armonía social que podría ser evidente si creyéramos que efectivamente la relación de poder puede determinarse por la posición de los sujetos y por el reconocimiento de esta posición que cada uno tiene, como si de alguna manera la agencia fuera pasiva, de cierta forma una especie de "aguante" o de "resignación", de acoplamiento, de molde. La figura del campesino, en tanto sujeto -por muy desigual que se plantee su situación frente al guardia- representa la fuerza dialéctica que caracteriza la contingencia de lo social. Por un lado, la evolución de su caso señala cómo su perspectiva, es decir, la forma como ve el mundo cambia dependiendo de otros factores externos a la ley misma (como el tiempo con relación a su vida). Por esta razón cambia también su perspectiva de su relación con el guardia: al principio lo ve majestuoso, inmenso, potente, luego, a medida de que su espera y sus años avanzan, su posición cambia, sus intereses también, el guardián se torna borroso, casi una mancha para él aunque para el lector nunca envejezca. Pero lo más importante se condensa en este punto: al parecer el campesino representa la negación que generalmente simboliza el individuo como agente (especialista o no) ante el derecho, como si la ley operara por sí sola, sometiendo pasivamente a las personas. Él suplica constantemente que se le deje entrar pero siempre se le es negada la posibilidad. Sin embargo no se esfuerza mucho por franquear el orden. No reconoce su capacidad de agencia. A diferencia del guardián que si está ejerciendo su deber y que por lo tanto está sometido a representar una función utilitaria, un medio para el logro del fin del derecho, su aparente universalidad y neutralidad, el campesino, inconsciente de su libertad ante la ley no se esfuerza por preguntarse qué ha de hacer pera entrar en ella. Ese debía haber sido su deber principal: encontrar "su" forma de entrar en la ley.
ResponderEliminarEl último comentario es de Catalina García.
ResponderEliminarCon respecto a la pregtuna de Linda: "Cómo lograr entonces, establecer una relación sujeto-ley que permita a los ciudadanos ser agentes en el desarrollo del ejercicio del derecho" es importante analizar cómo estan comprendiendo Kafka y Bourdieu la ley en sí desde su eficacia simbolica. Si bien Bourdieu mustra desde varias perpecivas entre llas la linguistica los efectos del lenguaje juridico (neutralización y universalización), esto no quiere decir que por estos efectos la ley no sea de todos, ya que en esta misma existe una posibilidad de acción inmensa. Cuando Bourdieu menciona que "El derecho consagra el orden establecido al consagrar una visión de este orden que es una vision de estado garantizada por el estado" esto es cierto.. sin embargo que es el estado, por qué se consagran unas leyes de una determinada forma u otra en distintas sociedades?..no es un consagrar también social desprendido de lo social, de lo cual la sociedad puede reclamar ante este ente llamado Estado sus derechos (que se hacen efectivos en la reclamación al estar nombrados "juridicamente") y romper un "poder de nombrar"?
ResponderEliminarEntonces frente a la pregtuna de Linda sobre la posibilidad de la relación sujeto ley mi posición es que esta relación ya esta dada por la misma naturaleza juridica del lenguaje juridico que no es más que la social, y es realmente abierta a que la tomen, sin embargo el poder impera como también lo xplica bien Bourdieu de mjor manera en otros textos, por la eficacia simbolica que opera del ciudadano ante la ley pero (aqui entra Kafka) realmente esta se encuentra abierta para todos (como la costitución91 y los mecanismos de protección de derechos como tutelas, aciones colctivas que realmente no necesitan de personas que sean expertas en un lenguaje juridico) y no toca saltar puertas ni guardias para llegar a esta (menos en colombia con la c91) simplemente tomarla de las manos de pocos interpretadores porque esta es de todos.